DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03204
6 de abril de 2011
DCA-0936
Señor
Jorge Villalobos Clare
Presidente
Refinadora Costarricense de Petróleo
Estimado señor:
Asunto: No se refrenda por no requerirlo la adenda al convenio suscrito entre el Ministerio de
Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y la Refinadora Costarricense de Petróleo
(RECOPE), prórroga y modificación de la cláusula sétima del “Convenio Marco de Cooperación
entre el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones y la Refinadora Costarricense de
Petróleo S.A. para el Préstamo de Funcionarios y Equipos al amparo del Artículo 8 de la Ley 7152
(MINAET)”, por un periodo de cuatro años.
Nos referimos a su oficio P-108-2011 del 09 de marzo del presente año, mediante el cual
solicita el refrendo de la adenda referida en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, este Despacho ha podido determinar que el convenio
original refrendado por esta Contraloría General mediante el oficio 03225 del 27 de marzo de 2007
(DCA-1097) fue otorgado al amparo del anterior reglamento de refrendos, el cual dejó regir a partir
del 1 de enero de 2008, fecha en que entró en vigencia en nuevo reglamento de refrendos, publicado
en La Gaceta N° 202 del 22 de octubre de 2007.
El actual reglamento, en el caso de instituciones del Estado, en su artículo 3 inciso 6 establece
cuales contratos o convenios están sujetos al refrendo contralor, estos son aquellos que tengan por
objeto el otorgamiento de concesiones, la constitución de fideicomisos o la realización de proyectos
bajo el tipo contractual de alianza estratégica, los demás contratos o convenios interadministrativos
no estarán sujetos a refrendo.
Ahora bien, siendo que el objeto de convenio celebrado por RECOPE y MINAET no
corresponde a ninguno de los anteriormente citados, no corresponde el refrendo contralor, siendo
que es exclusiva responsabil ...
Fecha publicación: 12/04/2011
Fecha emisión: 06/04/2011
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 02690
21 de marzo, 2011
DCA- 0748
Señora
Norma Álvarez Morales
Directora
Dirección de Suministros
Refinadora Costarricense de Petróleo S.A.
Estimada señora:
Asunto: Se aprueba en forma condicionada, el contrato suscrito entre la Refinadora Costarricense de
Petróleo (RECOPE) y la empresa FELGUERA I.H.I S.A., correspondiente al diseño, procura y
construcción de una esfera de almacenamiento de gas licuado de petróleo en refinería, por un monto de
$12.069.672 (doce millones sesenta y nueve mil seiscientos setenta y dos dólares exactos), derivado de la
Licitación Pública N° 2010LN-000002-02.
Nos referimos a su oficio CBS-L-298-2011 de fecha 7 de febrero del 2011, recibido en este Despacho el
mismo día, complementado por el oficio CBS-L-701-2011 de fecha 10 de marzo del 2011, recibido en
idéntico día, por medio del cual solicita el refrendo legal del contrato suscrito en entre la Refinadora
Costarricense de Petróleo (RECOPE) y la empresa FELGUERA I.H.I S.A., correspondiente al diseño,
procura y construcción de una esfera de almacenamiento de gas licuado de petróleo en refinería, por un
monto de $12.069.672 (doce millones sesenta y nueve mil seiscientos setenta y dos dólares exactos),
derivado de la Licitación Pública N° 2010LN-000002-02.
Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de mérito
debidamente refrendado por este órgano contralor, no obstante sujeto a los condicionamientos que de
seguido indicaremos, cuya verificación será responsabilidad exclusiva de la señora Norma Álvarez
Morales en su condición de Directora de la Dirección de Suministros de la institución licitante, o quien
ejerza este cargo. En caso que no resulte competente para verificarlas, será su responsabilidad instruir o
bien comunicar a la dependencia que corresponda, para ejercer el control sobre estas condi ...
Fecha publicación: 24/03/2011
Fecha emisión: 21/03/2011
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 02570
17 de marzo del 2011
DCA-0708
Ingeniera
Norma Álvarez Morales
Directora
Dirección de Suministros
RECOPE
Estimada Señora:
Asunto: Se otorga refrendo condicionado al contrato suscrito entre la Refinadora Costarricense de
Petróleo (RECOPE) y la empresa FELGUERA I.H.I S.A., correspondiente a los servicios de diseño,
procura y construcción, de seis recipientes cilíndricos horizontales con una capacidad de 250m3
cada uno, para el proyecto t1046-IN “Sistema y almacenamiento de gas licuado de Petróleo
recipientes cilíndricos horizontales YT-7716, YT7717, YT-7718, YT-7719, YT.7720 y YT7721;”
por un monto de $10.481.266,00 (diez millones cuatrocientos ochenta y un mil doscientos sesenta y
seis dólares exactos), derivado de la Contratación Directa No.2010CD-000839-02).
Nos referimos a su oficio CBS-L-297-2011 de fecha 7 de febrero de 2011, recibido en este órgano
contralor en la misma fecha, mediante el cual solicita el refrendo contralor del contrato suscrito entre
RECOPE y la empresa FELGUERA I.H.I S.A, con la finalidad de contratar el diseño, procura y
construcción de seis recipientes cilíndricos horizontales con una capacidad de 250m3 cada uno, para el
proyecto t1046-IN “Sistema y almacenamiento de gas licuado de Petróleo, recipientes cilíndricos
horizontales YT-7716, YT7717, YT-7718, YT-7719, YT.7720 y YT7721.”, por un monto de
$10.481.266,00 (diez millones cuatrocientos ochenta y un mil doscientos sesenta y seis dólares exactos).
Mediante oficios DCA-0604 del día 7 y DCA-0636 del día 11, ambos del mes de marzo del
presente año, se solicitó información adicional a esa institución, la cual fue atendida respectivamente,
mediante los oficios CBS-L-702-2011 del 10 de marzo del corriente, recibido en este órgano contralor en
la misma fecha y CBSL-747-2011 de fecha 15 de marzo de dos mil once, recibido en este órgano contralor
el día ...
Fecha publicación: 22/03/2011
Fecha emisión: 17/03/2011
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10341
26 de octubre del 2010
DCA-0352
Ingeniera
Norma Álvarez Morales
Directora, Dirección de Suministros
Refinadora Costarricense de Petróleo
Estimada señora:
Asunto: Se aprueba en forma condicionada el contrato suscrito entre la Refinadora
Costarricense de Petróleo y Técnicas Reunidas S. A. del 20 de agosto de 2010.
Damos respuesta a oficio No. CBS-L-2365-2010 mediante el cual remite para refrendo el
contrato suscrito entre la Refinadora Costarricense de Petróleo y la empresa Técnicas Reunidas S. A.,
producto del procedimiento de contratación directa No. 2009CD-000809-02.
Para la aprobación del presente contrato se requirió información complementaria mediante
oficios DCA-0024 y DCA-0289 los cuales fueron atendidos con oficios DSU-356-10 y DSU-373-10.
Al respecto, le comunicamos que una vez estudiado el expediente, y realizado el análisis que
preceptúa el artículo 8 del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración
Pública” este Despacho otorga el refrendo condicionado a lo siguiente:
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Contratación Administrativa es
responsabilidad de esa Administración ejercer la debida fiscalización a efectos de verificar el adecuado
cumplimiento del objeto contractual y, para un efectivo resguardo de los recursos públicos, deberán
tomarse las medidas de control interno que sean necesarias a efectos de que se logre la entrega del
objeto contractual pactado a satisfacción por la Administración. Tomando en consideración la
modalidad de contratación se impone que la Administración fiscalice en forma oportuna el avance del
contrato y tome las medidas necesarias en caso de incumplimiento. Para esta labor de fiscalización
deberá contar con el recurso humano calificado.
2. La razonabilidad del precio queda librada a l ...
Fecha publicación: 29/10/2010
Fecha emisión: 26/10/2010
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
Al oficio No. 08872
16 de setiembre, 2010
DCA-0004
Ingeniera
Norma Álvarez Morales
Directora, Dirección de Suministros
Refinadora Costarricense de Petróleo S.A.
Estimada señora:
Asunto: Se autoriza modificación a contratación directa concursada otorgada mediante oficio
No. 2335 (DJ-932) del 10 de marzo de 2010 y se refrenda en forma condicionada contrato
suscrito entre la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. y la empresa Vaan Oord Dredging
and Marine Contractors, para el dragado de mantenimiento y rehabilitación del muelle
petrolero de Moín.
Nos referimos a oficio CBS-L-2196-2010, mediante el cual remite para refrendo contrato suscrito entre
la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. y la empresa Vaan Oord Dredging and Marine
Contractors, para el dragado de mantenimiento y rehabilitación del muelle petrolero de Moín.
Mediante oficios DJ-3421 del 26 de agosto y DJ-3530 del 6 de setiembre, ambos del presente año, este
órgano contralor requirió información adicional la cual fue atendida por la Administración mediante
notas DSU-310-2010 y DSU-315-2010.
1. Sobre la autorización
Mediante nota DSU-0395-2009 RECOPE solicitó a este órgano contralor “… autorización para
contratar, mediante una contratación directa con invitación por lo menos a tres posibles oferentes, los
servicios para el dragado de mantenimiento y rehabilitación del complejo portuario de Moín”.
En dicho oficio se indicó que el monto estimado del contrato ascendía a la suma de $10.227.410, 52
más $500.000 por concepto de movilización de equipo.
Bajo esa premisa, y tomando en consideración las razones técnicas y jurídicas que RECOPE señaló en
dicho oficio y en los DSU-540-2009, DSU-L-018-2010, DSU-0052-2010 y DSU-0057-2010, este
órgano contralor autorizó una contratación directa concursada para el dragado de mantenimiento y
rehabilitación del muelle petrolero, ...
Fecha publicación: 19/09/2010
Fecha emisión: 16/09/2010
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 08391
31 de agosto, 2010
DJ-3465
Ingeniera
Norma Álvarez Morales
Directora de Suministros
Refinadora Costarricense de Petróleo
Estimada señora:
Asunto: Se refrenda el contrato suscrito entre la Refinadora Costarricense de Petróleo y el
Consorcio PIMESA, servicios de mano de obra, materiales y equipo para el mantenimiento de los
tanques 732 y 733 de la Refinadora Limón, por un monto de US$3.444.398.01. (Licitación Pública
2007LN-703103-02).
Nos referimos a su oficio CBS-L-2452-2010 del 30 de agosto del presente año, mediante el cual
solicita el refrendo del contrato suscrito entre la Refinadora Costarricense de Petróleo y el
Consorcio PIMESA, servicios de mano de obra, materiales y equipo para el mantenimiento de los
tanques 732 y 733 de la Refinadora Limón, por un monto de US$3.444.398.01. (Licitación Pública
2007LN-703103-02).
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al
referido contrato, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente:
1) Este refrendo se otorga con vista en el oficio DSR-0511-2010 de 29 de julio de 2010,
suscrito por el ingeniero Gerardo Aguilar Bruno, Director Servicios Operativos de Apoyo, en donde
se hace constar que se cuentan con las reservas presupuestarias correspondientes (ver folio 159 del
apartado contrato u orden de compra y documentos anexos del tomo 3 del expediente
administrativo). En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la
Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y
jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación.
2) Resulta de su exclusiva responsabilidad el que el contratista mantenga vigente por el
plazo y el monto que estableció el cartel la garantía de cumplimiento (ver folios 46, 47 del apartado
garantía de cumplimiento del tomo 3 del ...
Fecha publicación: 03/09/2010
Fecha emisión: 31/08/2010
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03627
23 de abril, 2010
DJ-1487
Ingeniera
Norma Alvarez Morales
Directora
Dirección de Suministros
Refinadora Costarricense de Petróleo S.A.
Estimada señora:
Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito entre la Refinadora Costarricense de
Petróleo S.A, y el Consorcio Grupo Saret (Saret Metalmecánica S.A, Saret de Costa Rica
S.A. y Zona Franca Puntarenas S.A. derivado de la licitación pública 2008LN-900205-02
promovida para la Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo para
la readecuación e interconexión de tanques JET-A1 y construcción e interconexión de
tanques de gasolina en el Plantel La Garita.
Nos referimos a su oficio CBS-L-0591-2010 de fecha 16 de marzo de 2010, recibido en
este Despacho el día 19 del mismo mes y año por medio del cual, solicita el refrendo del contrato
referido en el asunto el cual fue suscrito por un monto de $11.155.015,72 y con un plazo de 647
días naturales.
Con vista en el expediente, se verificó la firmeza del acto de adjudicación, según
publicación en el Diario Oficial La Gaceta del 19 de agosto de 2009 (folio 1428 tomo 6 del
expediente de licitación) y fe de erratas publicada en el mismo Diario en fecha 31de agosto de 2009
(folio 1437 del mismo expediente).
Por disposición del artículo 8 del Reglamento de Refrendos, se tiene por acreditado lo
siguiente:
1- La Administración certifica en lo que interesa que en la subpartida de Contratos de
Estructura e Instalaciones 09110 del presupuesto de inversiones, específicamente en la obra 1250-
527-91119 está incorporada la suma de ¢2.328.215.127,70 correspondiente a ejecutar en el presente
periodo por concepto de pago de avance local y la suma de ¢837.161.404,45 correspondiente al
monto a ejecutar por concepto de pago de avance local y que esa previsión presupuestaria es
suficiente para cubrir el pago del 2010 y que la ...
Fecha publicación: 28/04/2010
Fecha emisión: 23/04/2010
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Tesauro: Estructura del precio del contrato
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 01888
25 de febrero de 2010
DJ-0737
Ingeniera
Norma Álvarez Morales
Dirección de Suministros
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO S.A.
Fax: 2221-7864
Estimada señora:
Asunto: Se concede refrendo al contrato suscrito entre la Refinadora Costarricense de
Petróleo S.A. y la empresa Honeywell Internacional Inc. para la contratación
de los servicios contratación de los Servicios para la Modernización del
Sistema de Control Distribuido marca Honeywell ubicado en la Refinería,
derivado de la Contratación Directa Nº 2009CD-000348-02.
Damos respuesta a su oficio Nº CBS-L-0011-2010, mediante el cual remite para
refrendo el contrato suscrito entre la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. y la empresa
Honeywell Internacional Inc. para la contratación de los servicios contratación de los Servicios
para la Modernización del Sistema de Control Distribuido marca Honeywell ubicado en la
Refinería, derivado de la Contratación Directa Nº 2009CD-000348-02.
Sobre el particular, una vez visto el expediente administrativo elaborado por la
Administración para el presente procedimiento de contratación, se comprobó que dentro del
mismo consta la Certificación de requerimiento de repuestos genuinos del 12 de mayo de 2009,
suscrita por el Ingeniero Rubén Morales Blanco y el Ingeniero Carlos Gómez Arayaen su
calidad de Jefe del Departamento de Procesos de Refinación, en la cual manifiestan que: “… la
adquisición requerida de REPUESTOS GENUINOS PARA LA MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA
DE CONTROL AUTOMÁTICO (DCS), producido por la empresa Honeywell tiene que ser
necesariamente GENUINOS de la empresa HONEYWELL.” (ver folio 015 del expediente de la
contratación).
Asimismo, dentro del expediente consta la justificación de oferente único de la empresa
Honeywell como oferente único para la contratación de marras, mediante el oficio N° DOP-IP-
099-2009 suscrito por parte del Inge ...
Fecha publicación: 02/03/2010
Fecha emisión: 25/02/2010
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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DIVISIÓN JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 01475
12 de febrero, 2010
DJ-0594
Señora
Ing. Norma Alvarez Morales
Directora
Dirección de Suministros
Refinadora Costarricense de Petróleo S.A.
Estimada señora:
Asunto: Se devuelve sin refrendo el contrato suscrito entre la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A, y el Consorcio Grupo Saret (Saret Metalmecánica S.A, Saret de Costa Rica S.A. y Zona Franca Puntarenas S.A. derivado de la licitación pública 2008LN-900205-02 promovida para la Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo para la readecuación e interconexión de tanques JET-Aa y construcción e interconexión de tanques de gasolina en el Plantel La Garita.
Nos referimos a su oficio CBS-L-003-2010 de fecha 4 de enero de 2009, recibido en este Despacho el día 5 del mismo mes y año el cual a petición de esta División es adicionado por medio de oficio DSU-0036-2010 del 9 de febrero del año en curso, por medio de los cuales solicita el refrendo del contrato referido en el asunto.
Al respecto se indica que el presente contrato es devuelto sin el respectivo refrendo por parte de esta Contraloría General, con fundamento en lo siguiente:
Mediante oficio DJ-479 del 4 de febrero del año en curso, ésta División hizo las siguientes observaciones:
-Indicar el fundamento legal que exime a RECOPE el pago de especies fiscales.
- En el mismo orden de ideas, se observa en la tabla de pagos de la empresa contratista que se indica un monto de $55.775,00. Por lo anterior, si ese monto es el equivalente a los ¢31,819,125.00 colones que se pagaron por esa empresa por concepto de reintegro de especies fiscales de ley para la legalización del contrato, según cláusula vigésima tercera del contrato, debe RECOPE indicar el fundamento legal por medio del (sic) ese dinero será pagado al contratista por la Administración según la tabla de referencia.
La Administración atiende el requerimiento de esta División mediante of ...
Fecha publicación: 17/02/2010
Fecha emisión: 12/02/2010
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 0 0 8 1 0
26 de enero, 2010
DJ-0328-2010
Ing. Norma Álvarez Morales
Dirección de Suministros
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S.A.
Fax:2233-1504
Estimada señora:
Asunto: Se otorga refrendo al contrato para la “Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo para la construcción de separadores de aguas oleaginosas en los Planteles El Alto y La Garita”, suscrito entre la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE) y la empresa Productos Importados Mejía Pime S.A. Licitación Pública N°2008LN-900163-02.
Damos respuesta a su oficio CBS-L-2115-2009 de 10 de diciembre de 2009, mediante el cual remite para su estudio y eventual aprobación, el contrato suscrito entre la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE) y Productos Importados Mejía Pime S. A, producto de la Licitación Pública N°2008 LN-900163-02.
El oficio antes citado fue complementado a solicitud de este Despacho por oficio CBS-L-065-2010 de 15 de enero de 2010.
Al respecto, tenemos a bien comunicarle que una vez estudiado el expediente, y realizado el análisis que preceptúa el artículo 8 del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública” este Despacho concede el refrendo al contrato sometido a aprobación, condicionado a que:
1) Es responsabilidad de esa Administración verificar el cumplimiento de todos los aspectos técnicos de la contratación, para ello deberá contar con el recurso humano calificado. De igual forma debe verificarse antes del inicio del contrato que las obras se hagan en propiedades de RECOPE
2) La razonabilidad del precio así como el cumplimiento de cualquier permiso, licencia, autorización o similares requerido por el ordenamiento jurídico, además de los señalados en el cartel, queda librado a responsabilidad y verificación de esa Administración tal y como lo dispone el artículo 9 del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contra ...
Fecha publicación: 28/01/2010
Fecha emisión: 26/01/2010
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS